Tan importante es contar con instalaciones contra incendios en Asturias como que estas sean accesibles y cumplan la normativa española sobre colocación de extintores, que regula desde hace casi dos décadas el Real Decreto 1942/93.
Se trata de una norma ambigua para algunos casos, pero concreta para otros. Aún así, en Alba Protección de Incendios, S.L. abogamos por que se actualice como se ha hecho en otros aspectos de seguridad de los edificios. Hablamos, por ejemplo, de la definición general que indica que los extintores deben ser situados en la proximidad de las zonas con posibilidades de iniciarse un incendio, un concepto hasta cierto punto subjetivo.
En lo que sí hay más concreción en esta normativa sobre instalaciones contra incendios en Asturias es la obligatoriedad de colocar los extintores a una altura accesible. La normativa obliga a que esté sujeto a un paramento vertical, es decir, casi siempre una pared o elemento similar, siempre a menos de 170 centímetros del suelo desde su parte superior, una distancia que a menudo se suele superar y que, en un momento de tensión como es la propagación de un incendio, puede hacer perder unos segundos fundamentales para conseguir extinguirlo.
Además, el extintor debe estar señalizado a menos de cinco metros de la salida o entrada y a menos de 15 metros desde cualquier punto. Para ello, los equipos de extintores incorporan una señal que, según la normativa vigente, ha de ser visible y estar situada a una altura comprendida entre los 2 y 2,5 metros de altura como máximo.